CONTRA LA DEROGACIÓN DE LA REFORMA LABORAL

20.01.2020 11:50

Con la formación del nuevo Gobierno liderado por Pedro Sánchez y la asignación de las diferentes carteras ministeriales a miembros del PSOE y Unidas Podemos, hemos podido ver como desde el arranque de la presente legislatura, los socios de este Gobierno de coalición han tenido visiones enfrentadas en algunos asuntos. Un claro ejemplo de ello es la posición de ambos partidos con respecto a la derogación de la reforma laboral del año 2012. Mientras, Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y miembro de la dirección de Unidas Podemos, hablaba de derogar por completo la reforma laboral y establecer un “Estatuto de los Trabajadores del siglo XXI”- lo que comprendería una nueva y más rígida regulación del mercado de trabajo, eliminando cualquier atisbo de flexibilidad laboral que pudiera haber aportado la reforma laboral del Gobierno de Mariano Rajoy-, por otro lado, Nadia Calviño, vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, por parte del PSOE, habló de derogar únicamente aquellos “aspectos más lesivos”de la reforma laboral, en un encuentro reciente con inversores. El Gobierno aún no ha concretado cual es su posición institucional con respecto al asunto, aunque si es cierto que el programa de Gobierno firmado por el PSOE y Unidas Podemos hace menos de un mes, incluía la derogación de la reforma laboral. 

 

A continuación, repasaremos algunos de los principales aspectos de la reforma laboral de 2012, y desmitificaremos algunas proclamas de la izquierda al respecto. Finalmente, expondré algunas de las mejoras producidas por esta reforma laboral, y trataré de explicar por qué eliminarla hoy en día sería un craso error, aparte de una irresponsabilidad para con los trabajadores. Comencemos.

 

En primer lugar, ¿sabemos realmente que cambios principales promovió la reforma laboral impulsada por el gabinete de Mariano Rajoy? Repasémoslo. 

 

·      Con respecto al despido, este se volvió más barato, pero a su vez se aclararon las causas procedentes e improcedentes de despido y se conformó una regulación más transparente al respecto. Es decir, el despido pasaba a ser procedente por norma general, y el trabajador debía demostrar que esta situación no era así acudiendo a los tribunales designados para ello. Respecto al coste del despido procedente, este se redujo a una indemnización de 20 días por año trabajado, con tope de 12 mensualidades. Mientras tanto, la indemnización por despido improcedente se mantiene hoy en día en 33 días por año trabajado, con tope de 24 mensualidades. Aunque la reforma laboral afectó asimismo a los contratos en vigor, para el periodo previo a la reforma, las indemnizaciones se calculaban sobre una base de 45 días por año trabajado para el periodo previo a la reforma, y sobre la base establecida por la nueva ley, para el periodo posterior. 

 

·      Por otro lado, los ERE pasaron a no tener que ser aprobados por el Ministerio de Empleo, pero sí debían ser autorizados por un juez designado para ello. Para los trabajadores afectados por un ERE posterior a la reforma, se permitía recuperar hasta 180 días de indemnización laboral. 

 

 

 

·      En tercer lugar, uno de los cambios más conocidos y comentados por los principales analistas fue aquel relacionado con la negociación colectiva y los convenios laborales. Tras la reforma de 2012, el convenio de empresa tendría prevalencia sobre los convenios colectivos, sectoriales, etc. Las empresas que alegasen suficientes motivos económicos podían descolgarse del convenio colectivo, para lograr flexibilizar temporalmente las condiciones de su plantilla y evitar, a través de la moderación salarial, tener que recurrir al despido, teniendo este cambio efectos positivos sobre los niveles de empleo, como veremos más adelante. 

 

·      Aunque no se ha comentado demasiado, la reforma laboral introdujo también varios aspectos que favorecieron el mantenimiento e incluso mejora del poder adquisitivo de gran parte de los trabajadores. Por ejemplo, a los empresarios que contrataran un trabajador inscrito en el paro y menor de 30 años, se les permitía deducirse hasta 3.000 euros progresivamente, mientras el trabajador podía seguir cobrando un cuarto de la prestación por desempleo durante su primer año en el nuevo puesto de trabajo, contribuyendo así a mantener un mayor poder adquisitivo. 

 

·      Para fomentar la inversión y creación de empleo, aún de manera indirecta, la nueva regulación laboral del año 2012 introducía la posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación por desempleo al inscribirse como autónomos, mientras anteriormente solo era posible capitalizar el 80%.

 

·      Otro de los grandes debates que ha habido en torno a la reforma laboral ha sido el asociado a la proliferación de las horas extra, en concreto en los contratos a tiempo parcial, tanto temporales como indefinidos. La novedad estaba en que, a partir de la reforma, los trabajadores a tiempo parcial también podrían realizar horas extra. Esto permitió distribuir de manera mas eficiente las horas de trabajo en una situación de inestabilidad económica como fue la Gran Recesión iniciada en 2008.   

 

·      Otro asunto muy comentado, que analizaremos más en profundidad a continuación es el referente a la temporalidad laboral. Debemos recordar que en 2013, tras la reforma, se introdujo un limite de 2 años para la concatenación de contratos de trabajo temporales, tratando así de reducir la alta tasa de temporalidad históricamente inherente al mercado laboral español. 

 

En este brevísimo resumen de los principales cambios introducidos por la reforma laboral de 2012 faltan algunos puntos, como los referentes a las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) o las prejubilaciones, pero para analizar los principales efectos de la reforma laboral de 2012, es suficiente. 

 

Sin más dilación, ¿Cuáles fueron los efectos más notorios de la reforma laboral de Mariano Rajoy? Veámoslo. 

 

En primer lugar, cabe analizar el efecto de la reforma laboral sobre la creación de empleo. Se debe destacar que, aunque la relación entre horas trabajadas y PIB no haya variado de gran manera tras la reforma laboral, es decir, la producción por hora se mantiene similar a la etapa previa a la reforma, eso no indica en absoluto que la reforma no haya contribuido a crear empleo, sino que mide el efecto de la reforma laboral sobre la productividad de la economía española. Es decir, en todo caso indicaría que la reforma laboral en un principio no contribuyó a aumentar la productividad media de la economía, pero no es relevante a la hora de analizar el efecto de la reforma sobre el empleo. Tal y como señala la evidencia empírica -en concreto un estudio de BBVA Research- si la reforma laboral no se hubiese introducido en el año 2012, la rigidez regulatoria respecto de los salarios no habría permitido que estos se ajustasen a las condiciones resultantes de un periodo de crisis económica, y habría llevado a un ajuste por el lado del volumen de empleo en lugar de producirse a través de una moderación salarial. En concreto, el estudio muestra como en ausencia de la reforma laboral, 900.000 personas más habrían acabado en situación de desempleo, y, asimismo, como, si esta reforma se hubiera introducido al inicio de la crisis económica (año 2008), se habría evitado la destrucción de cerca de 2 millones de empleos. Es decir, la reforma laboral evitó que la tasa de paro en el año 2013 hubiera rondado el 31%, mientras que, si se hubieran introducido dichos cambios regulatorios en el año 2008, la tasa de paro en 2013 se habría situado en el 18% de la fuerza laboral. Por lo tanto, en términos de creación de empleo (situándose hoy la tasa de desempleo cerca del 14%), ha sido un éxito bastante apreciable, teniendo en cuenta el altísimo desempleo estructural que sufre España, con una tasa media de desempleo de la serie histórica de estadísticas del INE, que ronda el 17%. Repito, de media, incluyendo periodos de bonanza. 

 

Otro argumento que suele esgrimir la izquierda mediática y política de este país es el referente a la temporalidad supuestamente acrecentada por la reforma laboral del año 2012. Actualmente, la tasa de temporalidad a nivel nacional se sitúa en el 26,8% (datos de 2019), siendo una tasa de temporalidad elevadísima y que no da lugar a sentirse orgullosos de ello. Pero como todo, dicha tasa de temporalidad hay que analizarla en su contexto y compararla con momentos de nuestra historia reciente con una tasa de desempleo similar, para poder analizar realmente si dicha temporalidad ha aumentado en relación con las variaciones en la tasa de paro, o ha disminuido. En primer lugar, cabe destacar que la temporalidad se encuentra en mínimos desde 2006, es decir, se sitúa en un nivel más bajo que en plena burbuja, lo que señala una evidente mejoría. 

 

Para comparar la temporalidad del mercado laboral español en periodos de nuestra historia con niveles de desempleo cercanos al actual (14%), acudimos a datos de 1990 y 1999, años en los que se registró un desempleocercano al 15,5% y 14%, respectivamente. Pues bien, en 1990 la tasa de temporalidad registradaera del 29,9%, y en 1999 aumentaba hasta el 32,8%. Es decir, hoy en día, la temporalidad en España es 3 y/o 6 puntos porcentuales más baja que en periodos históricos con niveles de desempleo similar. Por lo tanto, podemos concluir que, a un dado nivel de desempleo, la reforma laboral no ha contribuido a aumentar la temporalidad. 

 

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En conclusión, y en contra de lo que suele argumentarse por parte de la izquierda para apoyar la derogación de la reforma laboral, tal y como muestran los datos disponibles y previamente analizados, la reforma laboral del año 2012, contribuyó a una mayor creación de empleo, favoreciendo los ajustes por el lado de los salarios en lugar promover la destrucción de puestos de trabajo. Por otro lado, tal y como hemos observado, la temporalidad del mercado laboral español tampoco aumentó a causa de la reforma laboral, es más, la temporalidad incluso se redujo al compararla con periodos históricos con un nivel de desempleo similar al actual. Por lo tanto, no se debe derogar la reforma laboral, sino profundizar aún más en ella. 

 



[1]TABLA 1-Evolución del empleo temporal en España en las dos últimas crisis- Raúl Lorente Campos.

Véase aquí- https://www.fes-sociologia.com/files/congress/11/papers/994.doc

 

 

 

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